Grupos y Comités Apóstolicos
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CONSEJO DE PASTORAL PARROQUIAL
 
QUE ES :

Grupo de personas, representantes de diversas realidades parroquiales, que ayudan al Párroco en la elaboración del Programa anual de la Parroquia y de otras propuestas útiles para la vida y misión de la Iglesia.

FUNCIONES :

Corresponde a este Organismo:

Estudiar e interpretar en la fe la situación de la parroquia en orden a que esta cumpla la misión de la Iglesia en bien del mundo.

Proponer los caminos más aptos y eficaces para superar los obstáculos y aprovechar las potencialidades y posibilidades para la evangelización.

Adaptar el plan diocesano y sus diferentes programas a la situación de la parroquia.

Evaluar la puesta en marcha del Plan diocesano y la realización de los diversos programas; elaborar propuestas para la elaboración del nuevo plan diocesano.

Definir la Programación anual parroquial.

Elegir sus representantes para el Consejo de Vicaría foránea o diocesano pastoral, de acuerdo con las normas dadas por el Señor Obispo.


COMPOSICIÓN:

El Párroco quien lo convoca y preside.

Los sacerdotes asignados a la parroquia y los diáconos, en el caso de las parroquias pequeñas, o sólo algún representante de los mismos en el caso de las parroquias medianas y grandes.

Los religiosos y las religiosas que trabajan de tiempo completo en la Parroquia.

Los miembros del Equipo Parroquial de Animación Pastoral (EPAP) que opera como equipo ejecutivo del mismo.

Los representantes de las comisiones pastorales parroquiales.

Algunos de los representantes de los diversos grupos, asociaciones y movimientos apostólicos operantes en la parroquia.

Algunos otros miembros elegidos y nombrados por el párroco para asegurar la representatividad en el Consejo o para dar lugar a personas expertas en materias que son objeto del mismo Consejo.


NOMINACIÓN:

Estas personas son elegidas y nombradas por el Párroco, con el visto bueno del correspondiente Vicario Episcopal.


DURACIÓN:

Los que están en razón del cargo, por el tiempo que dura éste; los demás, por tres o cinco años, de acuerdo con las normas dadas por el Obispo.

FUNCIONAMIENTO:

El CPP tiene un coordinador y un secretario, ambos miembros del EPAP además del Párroco que lo preside.

El párroco prepara con anticipación la agenda, con la ayuda del EPAP.

El CPP se reúne al menos dos o tres veces al año para elaborar la programación anual de la parroquia, para evaluar la actuación de la programación y elaborar las orientaciones que ha de ofrecer para la formulación del plan diocesano.

Conocida la agenda, los encuentros del CPP se preparan con reuniones previas de las comisiones pastorales parroquiales y de los diversos grupos apostólicos; si es oportuno, lo que proviene de las diversas comisiones y grupos, el EPAP lo sintetiza y presenta en la reunión.

El método y los procedimientos de la reunión los prepara el EPAP.

Cuando se trata de la programación del plan diocesano, el CPP da las orientaciones y el EPAP las elabora en su forma técnica; del mismo modo se procede para otras propuestas o documentos.

En todo encuentro hay que tener en cuenta los momentos: de información, oración, dialogo en grupos, según los diversos asuntos, de definición de las orientaciones sobre qué hacer y, si es el caso, de elección, de sus representantes para el Consejo de Vicaria Foránea o Diocesano de Pastoral.


RELACIONES

El CPP se relaciona con el consejo de la Vicaría Foránea o Diocesano de Pastoral a través de sus representantes; con el resto de la parroquia a través del párroco o del EPAP, según sea el caso.

Nota: En las parroquias pequeñas (hasta 1.000 o 1.500 habitantes) las funciones del CPP pueden ser asumidas por la Asamblea parroquial ordinaria o viceversa.

En nuestra Parroquia está constituido el Consejo de Pastoral para poder llevar a cabo el Proceso de Renovación y Evangelización en todas las zonas de la Parroquia. Consta de representantes de cada Grupo Apostólico y algunas personas de los sectores de la parroquia.